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¿Qué son las certificaciones censales específicas?

Son acreditaciones emitidas por la Oficina del Censo Electoral una vez ha finalizado el período de rectificaciones y de reclamaciones, que presentándose por el/la ciudadano/a el día de la votación en la Mesa electoral, le permite votar.
No constituye un medio extraordinario de obtener la inscripción en el censo, sino un medio de prueba de que el/la ciudadano/a está inscrito/a en el censo electoral vigente aunque no figure en los ejemplares certificados de las listas del censo puestos a disposición de las Mesas electorales (art. 85.5 Ley Orgánica del Régimen Electoral General e Instrucción 7/2007 de 12 de abril de la Junta Electoral Central).