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¿Quién puede ser elegido/a como miembro de Mesa electoral?

Pueden ser miembros de la Mesa electoral la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores/as de la Mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de setenta años, si bien a partir de los sesenta y cinco años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días.
El/la Presidente/a deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo Grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente (art. 26.2 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).