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¿Qué causas impiden aceptar el cargo de miembro de Mesa electoral?

- Ser miembro de las Juntas Electorales.
- Ser candidato/a y suplente a las elecciones a Les Corts Valencianes.
- Los/las interventores/as y apoderados/as designados/as con anterioridad a la notificación del nombramiento de miembro de Mesa electoral.
- Los/las militares en activo.
- Los/las condenados/as por sentencia firme a la privación del derecho de sufragio activo y pasivo.
- Los/las incapaces declarados/as por Sentencia judicial firme.
- Los/las enfermos/as, hospitalizados/as o no hospitalizados/as.
- Los/las residentes fuera de la circunscripción electoral.
- El personal embarcado.
- Las personas inelegibles.
- Y cualquiera que tenga una causa justificada y documentada suficiente.