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¿Qué se ha de hacer si por causa justificada no es posible aceptar el cargo de miembro de Mesa?
¿Qué se ha de hacer si por causa justificada no es posible aceptar el cargo de miembro de Mesa?
En el caso de no poder aceptar el cargo de miembro de Mesa se deberá alegar, en el plazo de siete días desde la notificación de la designación y ante la Junta Electoral de Zona, la causa justificada y documentada que impida la aceptación del cargo. Es decir, siendo efectuadas las notificaciones de designación de miembros de Mesa entre los días 25 de abril y 2 de mayo, ambos inclusive, se podrán realizar alegaciones entre los días 25 de abril y 9 de mayo, ambos inclusive.
En este mismo plazo las personas mayores de sesenta y cinco años que hubieren sido designados miembros de Mesa podrán renunciar al cargo (arts. 26.2 y 27.3 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).