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¿Cuándo resuelve la Junta Electoral de Zona las alegaciones presentadas por los/las ciudadanos/as que no puedan aceptar los cargos?

La Junta Electoral de Zona resuelve sin ulterior recurso en el plazo de cinco días. Es decir, pudiendo presentar alegaciones entre los días 25 de abril y 9 de mayo, ambos inclusive, la Junta Electoral de Zona resolverá las mismas entre los días 25 de abril y 14 de mayo, ambos inclusive, y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente (art. 27.3 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).