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¿Qué pasa una vez finalizada la votación de los/las miembros de la Mesa electoral y de los/las interventores/as?

Una vez finalizada la votación de éstos, se firmarán por los/las vocales e interventores/as las listas enumeradas de votantes, al margen de todos sus pliegos e inmediatamente debajo del último nombre escrito (art. 88.4 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).