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¿Cómo se debe actuar en el caso de que alguna persona o grupo de personas coaccione o intimide a los/las votantes?

Si alguna persona o grupo de personas intentara coaccionar o intimidar a los/las votantes, éstos/as deberán comunicárselo inmediatamente al/a la Presidente/a de la Mesa que, como autoridad dentro del local electoral, será el/la encargado/a de conservar el orden, asegurar la libertad de los/las electores/as y mantener la observancia de la Ley.
El/la Presidente/a de la Mesa velará por que la entrada del local se mantenga libre y accesible en todo momento de la votación para todas aquellas personas que tienen derecho a entrar (art. 91.1 y 2 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).