Resultados de la búsqueda

¿Cuándo se puede solicitar el voto por correo así como el certificado de la inscripción en el censo que permite ejercitar dicha modalidad de voto?

Se puede solicitar el voto por correo así como el certificado de inscripción en el censo a partir de la fecha de la convocatoria y hasta diez días antes de la votación. Es decir, siendo la convocatoria de 31 de marzo se puede solicitar desde el mismo día 31 y hasta el 14 de mayo, ambos inclusive (art. 72 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).