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Preguntas frecuentes
¿Qué son las entidades locales menores?
Son entidades locales menores, aquellos núcleos de población separados territorialmente del municipio al que pertenecen y que, teniendo características peculiares, se constituyan como tales de acuerdo con la normativa que las regula.
No podrán constituirse en entidad local menor aquellos núcleos de población que pertenecientes a un municipio, ostente la capitalidad del mismo.
Asimismo, ninguna entidad local menor podrá pertenecer a más de una municipio.
(art. 54 Ley de Régimen Local de la Comunitat Valenciana