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¿Qué documentación deberá contener el sobre dirigido a la Junta Electoral competente para los/las electores/as que voten por correo desde el extranjero?

Los/las electores/as que opten por ejercer por correo su derecho de voto, deberán incluir en el sobre dirigido a la Junta Electoral  la siguiente documentación:
- Sobre o sobres de votación con su opción de voto.
- Certificado de estar inscrito en el Censo.
- Fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia.

Dicho sobre debe ir dirigido a la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática a la que el/la elector/a esté adscrito/a, no más tarde del quinto día anterior a la elección.