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¿Cómo solicitan el voto los/las españoles/as que se encuentren temporalmente en el extranjero?

Los/las españoles/as que se encuentren temporalmente en el extranjero y deseen participar en las elecciones deben solicitar la documentación para ejercer su derecho de sufragio desde el extranjero a la correspondiente Delegación Provincial  de la Oficina del Censo Electoral.
Del 31 de marzo al 25 de abril, el/la elector/a podrá realizar la solicitud mediante impreso específico que podrá recogerse en las Oficinas Consulares de Carrera o Secciones Consulares de Embajada, o descargarse telemáticamente desde la web del Ministerio del Interior y del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación o en la web eleccions2015.gva.es
La solicitud se entregará personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de Embajada, previa identificación del/de la elector/a mediante la exhibición de su Documento Nacional de Identidad o Pasaporte Español, debiendo el/la funcionario/a consular verificar su inscripción en el Registro de Matrícula Consular como no residente y la coincidencia de la firma.
Dicha Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de Embajada remitirá de inmediato la solicitud, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente.
Esta solicitud tendrá validez tanto para las elecciones a Les Corts como para las elecciones municipales, y conlleva que el derecho de sufragio se efectúe desde el extranjero.