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¿Quién puede solicitar el examen de una papeleta leída por el/la presidente/a de la Mesa electoral, durante el recuento?

Los/las notarios/as en el ejercicio de sus funciones, los/las representantes de las listas o los/las miembros de alguna candidatura, en caso de tener dudas sobre el contenido de una papeleta leída por el/la Presidente/a de la Mesa en el escrutinio, podrán pedirla en el acto para su examen y deberá concedérsele que la examine (art. 95.5 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).
Los/las Vocales de la mesa, los/las Interventores/as y Apoderados/as no necesitan solicitar este examen, dado que el/la Presidente/a debe mostrarles cada papeleta después de leerla (art. 95.4 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).