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¿Puede un/a candidato/a formar parte de más de una candidatura?

No, ningún/a candidato/a puede formar parte de más de una candidatura (art. 46.6 Ley Orgánica del Régimen Electoral General). Si lo hiciera, la Junta Electoral Provincial correspondiente procederá a eliminarlo/a de todas las listas en las que se presente dentro de una misma circunscripción (art. 46.6 Ley Orgánica del Régimen Electoral General y art. 26.4 Ley Electoral Valenciana).