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¿Pueden subsanarse las irregularidades de los/las representantes de las candidaturas?

Sí, el plazo de subsanación de irregularidades de las candidaturas presentadas es de 48 horas desde la comunicación de las irregularidades. Es decir, como las irregularidades se comunican el día 24 de abril, éstas podrán ser subsanadas entre los días 25 y 26 de abril, ambos inclusive (art. 47.2 Ley Orgánica del Régimen Electoral General y art. 28.2 Ley Electoral Valenciana).

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