Buscador Candidatos - Elecciones 2015
¿Pueden modificarse las candidaturas proclamadas una vez presentadas?
¿Pueden modificarse las candidaturas proclamadas una vez presentadas?
Las candidaturas proclamadas no pueden ser objeto de modificación una vez presentadas, salvo en el plazo habilitado para la subsanación de irregularidades, y solo por fallecimiento o renuncia del titular o como consecuencia del propio trámite de subsanación.
En las listas de candidatos/as, las bajas que se produzcan después de la proclamación se entenderán cubiertas por los candidatos/as sucesivos y, en su caso, por los suplentes (art. 48 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).