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¿Qué pasa cuando son coincidentes las solicitudes de los locales oficiales y lugares públicos para los actos de campaña?

Cuando varias solicitudes de locales oficiales y lugares públicos para los actos de campaña son coincidentes, se atribuirán atendiendo al criterio de igualdad de oportunidades y, subsidiariamente, a las preferencias de los partidos, federaciones o coaliciones con mayor número de votos en las últimas elecciones equivalente en la misma circunscripción (art. 57.3 Ley Orgánica del Régimen Electoral General).